Instituto de Transparencia reemplazará a Ceaipemo

Javier Favela / La Voz de Michoacán


           
Más de 80 cabildos de Michoacán no aprobaron la creación del Instituto de Transparencia. Sin embargo, el pleno del Congreso hará la declaratoria de que el silencio de los munícipes constituye un aval tácito a la reforma constitucional que desaparece a la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública (Ceaipemo).

Los cabildos integran el Constituyente Permanente, pero los  ediles de Huetamo, Morelia, Uruapan, Zamora, Lázaro Cárdenas, Apatzingán o Puruándiro dejaron transcurrir 30 días sin haber aprobado o rechazado la minuta de decreto de reforma a los artículos 97 y 104 de la constitución local.

Los diputados ya tienen casi lista una iniciativa “globalizadora” que facultaría al Congreso local para elegir a los 3 consejeros del Instituto de la Transparencia, lanzando una convocatoria pública con un mes de anticipación.

Para ser consejero se requerirá una residencia efectiva mínima de 3 años, tener por lo menos 30 años de edad, no haber sido magistrado, juez, procurador, director general, dirigente partidista ni ministro de culto religioso durante los 3 años previos al día de la designación.

El cargo de consejero es incompatible con cualquier otro empleo, excepto en actividades de docencia, investigación y beneficencia. Los consejeros durarán en su cargo 3 años y podrán ser reelectos por una sola vez.

Los consejeros tendrán obligación de guardar absoluta reserva sobre los asuntos tramitados ante el Instituto.
 
Los consejeros no podrán votar cualquier asunto en el que tengan interés personal por parentesco, negocios, amistad estrecha o enemistad que afecte su imparcialidad.

Los partidos políticos, los sindicatos y los organismos no gubernamentales que reciban recursos públicos quedan como los sujetos obligados en la nueva Ley.

La pérdida, destrucción, alteración u ocultamiento de la información pública serán sancionados.

Los sujetos obligados deberán difundir de oficio la información relativa a la  remuneración mensual integral por puesto, los beneficiarios de subsidios, plantillas de personal, gastos de representación, costos de viajes, emolumentos o pagos en concepto de viáticos.

El Congreso deberá transparentar los dictámenes de las cuentas públicas y los montos asignados a los diputados, las comisiones, la mesa directiva, la junta de coordinación política y las dependencias legislativas.

En caso de licitaciones públicas será obligatoria la difusión de oficio de la convocatoria, los participantes, el nombre ganador y las razones que lo justifican y la fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución.

Toda solicitud de información deberá ser resuelta en un plazo no mayor de 10 días hábiles. De manera excepcional, este plazo podrá prorrogarse por un periodo igual.  No podrá ampliarse el plazo por negligencia o descuido del sujeto obligado en el desahogo de la solicitud.

El silencio administrativo dará lugar al recurso de revisión, sin menoscabo de posibles violaciones a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Michoacán.



 

 

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